Teniendo en cuenta el CAPITULO IV de los RECURSOS Y PATRIMONIO de la propuesta del Manual de Convivencia y en especial el ARTICULO 4. en el que se establece que los recursos del Conjunto Residencial Bariloche I etapa propiedad horizontal, provendrán de las cuotas de aporte ordinarias y extraordinarias con las cuales contribuyen los propietarios o tenedores a cualquier titulo de unidades privadas que integran el Conjunto en la cuantía que determine la Asamblea General, en proporción al coeficiente de copropiedad, de los arrendamientos de los bienes comunes rentables, de las multas, donaciones, asignaciones, auxilios y de cualquier otro ingreso que reciba en razón de sus actividades. En este espacio se presentara la cartera del conjunto por concepto de las cuotas de administración y multas de los residentes de la copropiedad, en concordancia con el Manual de Convivencia.
CARTERA CONJUNTO RESIDENCIAL BARILOCHE I ETAPA
Posted by bariloche en enero 8, 2007
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PROPUESTA MANUAL DE CONVIVENCIA
Posted by bariloche en noviembre 8, 2006
Dando alcance a lo establecido en la Ley 675, el Consejo de Administración, elaboro la propuesta (documento de trabajo) del MANUAL DE CONVIVENCIA, para el CONJUNTO RESIDENCIAL BARILOCHE I PROPIEDAD HORIZONTAL, por el cual se establecen normas de convivencia, seguridad y procedimiento de sanciones de obligatorio cumplimiento para todos los residentes de las casas y apartamentos de que consta el conjunto, en armonía con la ley 675 y el reglamento de propiedad horizontal.
Para acceder a este documento puede ingresar al link ACCIONES DEL CONSEJO, en este espacio usted puede bajar el manual, analizarlo y darnos su impresión del mismo, recuerde que este instrumento es un herramienta utilizada por el Comité de Convivencia, Administrador, Consejo de Administración, propietarios, tenedores, etc. Que contendrá las conductas o actos no permitidos, en los que incurren los propietarios o tenedores de los bienes privados, así como el procedimiento y las sanciones que deben seguirse.
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Ley 675 del 3 de agosto de 2001
Posted by bariloche en noviembre 1, 2006
Ley 675 de 2001 (agosto 3) por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal. T i t u l o i, generalidades, capitulo i, objeto y definiciones «artículo 1. Objeto. La presente ley regula la forma especial de dominio, denominado propiedad horizontal, en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes, con el fin de garantizar la seguridad y la convivencia pacífica en los inmuebles sometidos a ella, así como la función social de la propiedad. Disponible en http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4162
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LEY 746 DE JULIO 19 DE 2002
Posted by bariloche en noviembre 1, 2006
LEY 746 DE JULIO 19 DE 2002«POR LA CUAL SE REGULA LA TENENCIA Y REGISTRO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS»El Congreso de Colombia, DECRETA:Artículo 1°. Objeto y ámbito de aplicación. La presente ley tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas y rurales del territorio nacional, con el fin de proteger la integridad de las personas, la salubridad pública y el bienestar del propio ejemplar canino. Artículo 2°. Adicionase al Libro 3, Título 4, del Código Nacional de Policía un capítulo nuevo del siguiente tenor:
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